Si somos ciudadanos españoles y deseamos viajar a Indonesia deberemos obtener un visado. Este trámite podemos realizar antes de viajar, sin embargo, también podemos solicitarlo en migraciones a nuestra llegada a este destino.

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Para estancias de menos de treinta días, deberemos contar con un pasaporte electrónico que tenga al menos una vigencia de ciento ochenta días, tener el billete de avión de vuelta y contar con documentos/tarjetas/efectivo que respalde nuestra estadía en Indonesia.

El trámite de visado para una estadía inferior a los siete días es de diez euros (debe tramitarse cuando requerimos un visado de tránsito) y el trámite de visado para una estadía máxima de treinta días es de veinte euros (debe tramitarse cuando requerimos un visado de turismo, el mismo que no puede ser utilizado ni para estudios ni para trabajo). Si vamos a necesitar un visado superior a los treinta días, deberemos tramitar un visado con antelación en la Embajada de Indonesia en España.

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Si somos ciudadanos de Brunei, Chile, Filipinas, Hong Kong, Macao, Malasia, Marruecos, Perú, Singapur, Tailandia y Vietnam, no necesitaremos tramitar visado alguno para viajar a Indonesia, siempre que nuestra estadía no sea superior a los noventa días.

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Si nuestro viaje es de negocios, es importante indicar que deberemos presentar en el área de migraciones en el aeropuerto: la carta de presentación original de la empresa española para la que trabajamos (esta debe estar impresa en papel membretado y estar dirigida a la embajada), la misma que deberá indicar nuestro nombre completo, número de pasaporte, y los motivos de nuestro viaje. La misma, no será válida si no cuenta en la parte inferior con sellos de la empresa y firma.

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