Consejos, documentación y requisitos para viajar a Colombia

Cada año visitan Colombia cerca de 4 millones de turistas, siendo su capital, Bogotá, la ciudad más visitada. Además del turismo, otros extranjeros viajan a Colombia con fines laborales, académicos o para residir en el país. En cada caso, será necesario cumplir unos requisitos y presentar la documentación correspondiente.

A continuación tienes un índice con todos los puntos que vamos a tratar en este artículo.

Pasaporte y otros documentos

Aparte del visado, los ciudadanos extranjeros deberán presentar los siguientes documentos para cruzar la frontera colombiana según cuál sea su país de origen:

Además, los ciudadanos procedentes de Canadá tendrán que abonar la cantidad de 160.000 pesos colombianos (COP), que equivale a 76.0576 dólares canadienses (CAD), de acuerdo con la Resolución 2146 de 2014. A los canadienses que no realicen el pago de esta cantidad en los Puestos de Control Migratorio (PCM) se les denegará la entrada en territorio colombiano y deberán volver inmediatamente a su país de origen.

Países miembros de la Comunidad Andina (CAN)

Los extranjeros procedentes de algún país integrante de la Comunidad Andina (CAN) (Bolivia, Ecuador, Colombia, Perú y Chile) deben presentar los siguientes documentos:

Países miembros del Mercosur

Por otro lado, aquellos ciudadanos que procedan de algún país miembro del Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela) están obligados a mostrar la siguiente documentación:

Visa

Los ciudadanos de las siguientes nacionalidades están obligados a solicitar una Visa de Turismo:

El resto de países, pueden entrar en Colombia sin necesidad de solicitar una Visa de Turismo. Sin embargo, sí que deben rellenar la Tarjeta Andina Migratoria (TAM) a efectos de obtener, sin costes adicionales, alguno de los siguientes permisos:

El proceso para la obtención de alguno de estos permisos es el siguiente:

  1. Control migratorio: a la llegada del extranjero por vía aérea, marítima, terrestre o fluvial, Migración Colombia, en los Puestos de Control Migratorio, estampa a la llegada de la persona extranjera un sello en su pasaporte, documento de viaje o Tarjeta Andina Migratoria (TAM). En dicho sello, constará el ingreso de dicho ciudadano con los siguientes datos: fecha de entrada, días de permanencia autorizados y tipo de ingreso.
  2. Autorización: se autorizará a la persona extrajera a permanecer hasta un máximo de 90 días (3 meses) consecutivos en el país. Una vez pasado este período, es posible solicitar una prórroga de 90 días más. De esta forma, la estancia máxima de un extranjero que no necesita visa en Colombia será de 180 días (6 meses). En cualquier caso, las Autoridades Migratorias se reservan el derecho a autorizar menos días en caso de considerarlo oportuno cuando se evidencie la existencia de actos fraudulentos o por motivos de deportación o expulsión.

Negocios

Existen una serie de visados de negocios destinados a aquellos ciudadanos extranjeros que quieran establecer actividades comerciales en Colombia. A continuación se enumeran los cuatro tipos existentes:

Temporal

Existen quince tipos de visas de carácter temporal, las cuales son enumeradas a continuación:

Residente

La Visa de Residente (RE) se otorga a aquellos extranjeros que deseen entrar en Colombia para permanecer en el territorio durante un período de tiempo indefinido. Dicha visa es expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Gobierno de Colombia siempre y cuando el extranjero que la solicita se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

Aquellos extranjeros que obtengan la Visa de Residente quedarán autorizados a ejercer cualquier ocupación legal en el país, incluyendo aquellas que se desarrollen bajo contrato laboral. Cabe mencionar que los titulares de la visa RE que se ausenten del país durante 2 años o más, perderán su derecho a la posesión de dicha visa.

Para información acerca de los requisitos que debes cumplir para la obtención de cada una de las visas mencionadas y el coste de cada una, te aconsejamos hacer clic en este enlace.

Salvoconducto

El salvoconducto es un documento temporal que se concede a los extranjeros que se encuentran en Colombia por motivos excepcionales, ya sea los que están en una situación migratoria de permanencia irregular o en mitad de una actuación administrativa o judicial. Existen dos tipos de salvoconducto: el de salida y el de permanencia. El Salvoconducto de Permanencia se concede en alguno de los siguientes casos:

En cuanto al Salvoconducto de Salida, éste se otorga en alguno de los siguientes casos:

Para obtener más información acerca del salvoconducto, te recomendamos hacer clic en este enlace.

Nacionalización

Los requisitos para la obtención de la nacionalidad colombiana varían según el país de origen del interesado. Así, según si eres español de nacimiento, de El Caribe, latinoamericano o de otro país diferentes a los anteriores, deberás cumplir unos requisitos. En lo que sigue te mostramos las características correspondientes según el caso:

Vacunas

Las vacunas necesarias para ingresar en Colombia varían en función de tu país de origen. De este modo, los ciudadanos procedentes de algún país de Europa no tienen ninguna vacuna legalmente obligatoria, aunque siempre te recomienda la vacuna contra la fiebre amarilla. En cambio, si procedes de algún país sudamericano considerado endémico como Venezuela, Ecuador, Bolivia, Perú, Panamá, Guyana o alguna nación africana, será obligatorio que estés vacunado contra la fiebre amarilla para poder cruzar la frontera colombiana, puesto que tendrás que presentar el certificado correspondiente, el cual debe estar avalado por el Ministerio de Sanidad de tu país de origen. La vacuna contra la fiebre amarilla deberá aplicarse 10 días antes del viaje y, en caso de no haberlo hecho, la aerolínea con la que viajes podría denegarte el embarque. Esta vacuna, además, es válida durante 10 años, así que si ya estás vacunado y todavía no ha transcurrido este período, no será necesario que vuelvas a aplicártela. Otras vacunas recomendables son: Hepatitis A y B, tétano y difteria.

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